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📘 Ética en la función pública e integridad del servidor del OEC

TEMA 2: Ética en la función pública e integridad del servidor del OEC

El Órgano Encargado de las Contrataciones (OEC) actúa dentro de un marco ético-normativo cuyo eje histórico es la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública (publicada el 13/08/2002) y su Reglamento, el D.S. N° 033-2005-PCM (6 títulos, 23 artículos). Rige para todo servidor público (funcionario, servidor o empleado, nombrado, contratado, designado, de confianza o electo), sin importar el régimen laboral (art. 4). El ingreso a la función pública implica conocer el Código y comprometerse a cumplirlo.

Principios, deberes y prohibiciones (Ley 27815)

El artículo 6 fija 8 principios: Respeto, Probidad, Eficiencia, Idoneidad, Veracidad, Lealtad y Obediencia, Justicia y Equidad, y Lealtad al Estado de Derecho. El artículo 7 establece 6 deberes: Neutralidad, Transparencia, Discreción, Ejercicio Adecuado del Cargo, Uso Adecuado de los Bienes del Estado y Responsabilidad. El artículo 8 recoge 5 prohibiciones: Mantener Intereses de Conflicto, Obtener Ventajas Indebidas, Realizar Actividades de Proselitismo Político, Hacer Mal Uso de Información Privilegiada, y Presionar/Amenazar/Acosar.

Conflicto de intereses e impedimentos

El Reglamento (D.S. 033-2005-PCM) define Intereses en Conflicto como la colisión entre los intereses personales del empleado y el interés público. En contrataciones, la Ley N° 32069 (vigente desde el 22/04/2025) incorpora la Integridad como principio rector (junto a Legalidad, Valor por dinero, Transparencia, etc.) y regula los impedimentos del artículo 30, clasificados en cuatro grupos: personales (Tipos 1.A a 1.G), por parentesco (Tipos 2.A a 2.E), de personas jurídicas (Tipos 3.A a 3.G) y derivados de sanciones (Tipos 4.A a 4.E). Un plazo clave: los altos cargos quedan impedidos durante el ejercicio y hasta 6 meses después del cese.

Responsabilidades del servidor

El art. 10.3 de la Ley 27815 precisa que la sanción ética no exime de las responsabilidades administrativa, civil y penal. Las sanciones del Reglamento (art. 9) son: amonestación, suspensión, multa hasta 12 UIT, resolución contractual y destitución/despido. Penalmente destacan los delitos contra la Administración Pública: colusión (art. 384 CP), peculado (art. 387), concusión (art. 382), cohecho pasivo propio (art. 393), negociación incompatible (art. 399) y enriquecimiento ilícito (art. 401).

Prevención de la corrupción y rol ético por fases

La Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción (D.S. N° 092-2017-PCM) se estructura en 3 ejes: (1) capacidad preventiva del Estado, (2) identificación y gestión de riesgos, (3) capacidad sancionadora. En el OEC, los mecanismos preventivos incluyen el RNP, la Ficha Única del Proveedor (FUP), el pacto/compromiso de integridad y la declaración de intereses. El servidor debe actuar éticamente en cada fase:

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Preguntas de muestra (35)

1. ¿Cuántos principios de la función pública establece el artículo 6 de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública?

  1. 8 principios
  2. 6 principios
  3. 5 principios
  4. 16 principios

El artículo 6 de la Ley 27815 establece 8 principios de la función pública: Respeto, Probidad, Eficiencia, Idoneidad, Veracidad, Lealtad y Obediencia, Justicia y Equidad, y Lealtad al Estado de Derecho.

2. Según el artículo 6 numeral 2 de la Ley N° 27815, ¿a qué obliga el principio de Probidad?

  1. A actuar con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal obtenido por sí o por interpósita persona
  2. A poseer aptitud técnica, legal y moral como condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública
  3. A actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole
  4. A expresar de manera auténtica las relaciones funcionales con los administrados y la sociedad civil

El principio de Probidad (art. 6.2) obliga a actuar con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal obtenido por sí o por interpósita persona.

3. De acuerdo con el artículo 6 numeral 4 de la Ley N° 27815, ¿cómo se entiende el principio de Idoneidad?

  1. Como aptitud técnica, legal y moral, condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública
  2. Como rectitud, honradez y honestidad orientadas al interés general
  3. Como imparcialidad absoluta frente a partidos políticos e instituciones
  4. Como obligación de comunicar los actos contrarios al Código de Ética

El principio de Idoneidad (art. 6.4) se entiende como aptitud técnica, legal y moral, y es condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública.

4. Conforme al artículo 6 numeral 8 de la Ley N° 27815, ¿qué consecuencia dispone el principio de Lealtad al Estado de Derecho para el funcionario que ocupa cargos de confianza en regímenes de facto?

  1. El cese automático e inmediato de la función pública
  2. Una multa de hasta 12 UIT
  3. La suspensión temporal sin goce de remuneraciones por un año
  4. La inscripción de la sanción en el Registro por un año

El principio de Lealtad al Estado de Derecho (art. 6.8) dispone que ocupar cargos de confianza en regímenes de facto es causal de cese automático e inmediato de la función pública.

5. ¿Cuántos deberes de la función pública establece el artículo 7 de la Ley N° 27815?

  1. 6 deberes
  2. 5 deberes
  3. 8 deberes
  4. 3 deberes

El artículo 7 de la Ley 27815 establece 6 deberes de la función pública: Neutralidad, Transparencia, Discreción, Ejercicio Adecuado del Cargo, Uso Adecuado de los Bienes del Estado y Responsabilidad.

6. ¿Cuál de los siguientes NO es un deber de la función pública previsto en el artículo 7 de la Ley N° 27815?

  1. Probidad
  2. Neutralidad
  3. Transparencia
  4. Responsabilidad

La Probidad es un principio del artículo 6, no un deber del artículo 7. Los deberes del artículo 7 son: Neutralidad, Transparencia, Discreción, Ejercicio Adecuado del Cargo, Uso Adecuado de los Bienes del Estado y Responsabilidad.

7. Según el artículo 7 numeral 1 de la Ley N° 27815, ¿qué exige el deber de Neutralidad al empleado público?

  1. Actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole, demostrando independencia de vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones
  2. Actuar con rectitud, honradez y honestidad procurando el interés general
  3. Poseer aptitud técnica, legal y moral para ejercer el cargo
  4. No emplear los bienes del Estado para fines particulares

El deber de Neutralidad (art. 7.1) exige actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole, demostrando independencia de vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones.

8. De acuerdo con el artículo 7 numeral 5 de la Ley N° 27815, ¿qué prohíbe el deber de Uso Adecuado de los Bienes del Estado?

  1. Emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares distintos de aquellos para los que fueron destinados
  2. Mantener relaciones en cuyo contexto los intereses personales colisionen con los deberes del cargo
  3. Participar en transacciones financieras usando información privilegiada
  4. Realizar actividades de proselitismo político en la función pública

El deber de Uso Adecuado de los Bienes del Estado (art. 7.5) prohíbe emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares distintos de aquellos para los que fueron destinados.

9. ¿Cuántas prohibiciones éticas establece el artículo 8 de la Ley N° 27815?

  1. 5 prohibiciones
  2. 6 prohibiciones
  3. 8 prohibiciones
  4. 4 prohibiciones

El artículo 8 de la Ley 27815 establece 5 prohibiciones éticas: Mantener Intereses de Conflicto, Obtener Ventajas Indebidas, Realizar Actividades de Proselitismo Político, Hacer Mal Uso de Información Privilegiada, y Presionar, Amenazar y/o Acosar.

10. ¿Cuál de las siguientes figuras constituye una prohibición ética del artículo 8 de la Ley N° 27815?

  1. Hacer Mal Uso de Información Privilegiada
  2. Lealtad y Obediencia
  3. Ejercicio Adecuado del Cargo
  4. Justicia y Equidad

Hacer Mal Uso de Información Privilegiada es una de las 5 prohibiciones del artículo 8. Lealtad y Obediencia y Justicia y Equidad son principios (art. 6), y Ejercicio Adecuado del Cargo es un deber (art. 7).

11. Según el artículo 8 numeral 1 de la Ley N° 27815, ¿qué impide la prohibición de Mantener Intereses de Conflicto?

  1. Mantener relaciones o aceptar situaciones en cuyo contexto los intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones del cargo
  2. Participar en transacciones u operaciones financieras utilizando información privilegiada de la entidad
  3. Emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares
  4. Realizar actividades de proselitismo político valiéndose del cargo

La prohibición de Mantener Intereses de Conflicto (art. 8.1) impide mantener relaciones o aceptar situaciones en cuyo contexto los intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones del cargo.

12. Conforme al artículo 8 numeral 4 de la Ley N° 27815, ¿qué prohíbe la figura de Hacer Mal Uso de Información Privilegiada?

  1. Participar en transacciones u operaciones financieras utilizando información privilegiada de la entidad
  2. Aceptar situaciones en las que los intereses personales colisionen con los deberes del cargo
  3. Presionar, amenazar y/o acosar a otros servidores públicos
  4. Usar los bienes del Estado para fines particulares

La prohibición de Hacer Mal Uso de Información Privilegiada (art. 8.4) prohíbe participar en transacciones u operaciones financieras utilizando información privilegiada de la entidad.

13. Según el artículo 2 de la Ley N° 27815, ¿cómo se define la función pública?

  1. Como toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en nombre o al servicio de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de sus niveles jerárquicos
  2. Como toda actividad permanente y remunerada realizada exclusivamente por funcionarios de confianza
  3. Como la aptitud técnica, legal y moral para acceder a un cargo público
  4. Como el compromiso de cumplir el Código de Ética asumido al ingresar a la entidad

El artículo 2 de la Ley 27815 define función pública como toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en nombre o al servicio de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de sus niveles jerárquicos.

14. De acuerdo con el artículo 4.1 de la Ley N° 27815 (modificado por la Ley N° 28496), ¿a quién se considera empleado público?

  1. A todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública, sea nombrado, contratado, designado, de confianza o electo
  2. Únicamente al funcionario nombrado de manera permanente y remunerada
  3. Solo a quien ejerce cargos de confianza o electos por votación popular
  4. Exclusivamente al servidor contratado bajo régimen del servicio civil

El artículo 4.1 de la Ley 27815 (modificado por la Ley 28496) considera empleado público a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública, sea nombrado, contratado, designado, de confianza o electo.

15. Según el artículo 4.3 de la Ley N° 27815, ¿qué implica el ingreso a la función pública respecto del Código de Ética?

  1. Tomar conocimiento del Código y asumir el compromiso de su debido cumplimiento
  2. Suscribir una declaración jurada de bienes ante SERVIR
  3. Inscribirse obligatoriamente en el Registro Nacional de Proveedores
  4. Aprobar una evaluación previa de idoneidad moral ante la PCM

El artículo 4.3 de la Ley 27815 establece que el ingreso a la función pública implica tomar conocimiento del Código y asumir el compromiso de su debido cumplimiento.

16. Conforme al artículo 10.3 de la Ley N° 27815, ¿qué efecto tienen las sanciones por transgresión del Código de Ética respecto de otras responsabilidades?

  1. No eximen de las responsabilidades administrativas, civiles y penales establecidas en la normatividad
  2. Sustituyen toda responsabilidad penal por una multa equivalente
  3. Eximen de responsabilidad civil cuando se aplica la destitución
  4. Reemplazan las responsabilidades administrativas por la inscripción en el Registro

El artículo 10.3 de la Ley 27815 precisa que las sanciones por transgresión del Código no eximen de las responsabilidades administrativas, civiles y penales establecidas en la normatividad.

17. Según el artículo 11 de la Ley N° 27815 (modificado por la Ley N° 28496), ¿ante qué órgano se comunican o denuncian los actos contrarios al Código de Ética?

  1. Ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios
  2. Ante la Presidencia del Consejo de Ministros
  3. Ante el Registro Nacional de Sanciones
  4. Ante la Secretaría General de la entidad

El artículo 11 de la Ley 27815 (modificado por la Ley 28496) establece que todo empleado público tiene el deber de comunicar, y la persona natural o jurídica el derecho de denunciar, los actos contrarios al Código ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios.

18. Según el artículo 13.3 de la Ley N° 27815, ¿cuánto tiempo dura la inscripción de la sanción en el Registro y desde cuándo se cuenta?

  1. Un año contado desde la culminación de la sanción
  2. Tres años contados desde que la Comisión toma conocimiento de la infracción
  3. Quince días contados desde que la resolución queda firme
  4. Seis meses contados desde la imposición de la sanción

El artículo 13.3 de la Ley 27815 dispone que la inscripción de la sanción en el Registro tiene una duración de un año contado desde la culminación de la sanción.

19. Según el artículo 9 del Reglamento (D.S. N° 033-2005-PCM), ¿cuál es el monto máximo de la sanción de multa por transgresión del Código de Ética?

  1. Hasta 12 UIT
  2. Hasta 5 UIT
  3. Hasta 30 UIT
  4. Hasta 1 UIT

El artículo 9 del Reglamento (D.S. 033-2005-PCM) clasifica las sanciones en amonestación, suspensión, multa de hasta 12 UIT, resolución contractual, y destitución o despido.

20. De acuerdo con el artículo 9 del Reglamento (D.S. N° 033-2005-PCM), ¿con qué sanciones se castigan las infracciones leves del Código de Ética?

  1. Amonestación, suspensión y/o multa
  2. Resolución contractual, destitución, despido y/o multa
  3. Únicamente destitución o despido
  4. Solo inscripción en el Registro Nacional de Sanciones

Según el art. 9 del Reglamento, las infracciones leves se sancionan con amonestación, suspensión y/o multa; las infracciones graves con resolución contractual, destitución, despido y/o multa.

21. Según el artículo 7 del Reglamento (D.S. N° 033-2005-PCM), ¿a quién corresponde calificar la gravedad de la infracción al Código de Ética?

  1. A la Comisión de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la entidad
  2. A la Presidencia del Consejo de Ministros
  3. A la Secretaría General de la entidad
  4. Al Registro Nacional de Sanciones

El artículo 7 del Reglamento (D.S. 033-2005-PCM) atribuye la calificación de la gravedad de la infracción a la Comisión de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la entidad.

22. Según el artículo 10 del Reglamento (D.S. N° 033-2005-PCM), ¿cuántos criterios se fijan para aplicar las sanciones por transgresión del Código de Ética?

  1. 5 criterios
  2. 3 criterios
  3. 6 criterios
  4. 8 criterios

El artículo 10 del Reglamento fija 5 criterios para aplicar sanciones: perjuicio ocasionado, afectación a los procedimientos, naturaleza/cargo/jerarquía del infractor, beneficio obtenido, y reincidencia o reiterancia.

23. Según el Reglamento del Código de Ética de la Función Pública (D.S. N° 033-2005-PCM), ¿cómo se definen los "Intereses en Conflicto"?

  1. La situación en la que los intereses personales del empleado público colisionan con el interés público y el ejercicio de sus funciones
  2. La obtención de cualquier ventaja económica derivada del cargo público
  3. El uso de información secreta o reservada en beneficio de terceros
  4. La actividad temporal o permanente realizada al servicio de la Administración Pública

El Reglamento define Intereses en Conflicto como la situación en la que los intereses personales del empleado público colisionan con el interés público y el ejercicio de sus funciones. Las demás opciones describen otros conceptos (ventajas, información privilegiada y función pública).

24. ¿En qué artículo de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, se regulan los impedimentos para contratar con el Estado?

  1. Artículo 30
  2. Artículo 6
  3. Artículo 8
  4. Artículo 11

Los impedimentos para contratar con el Estado se regulan en el artículo 30 de la Ley 32069, clasificados en impedimentos de carácter personal, en razón de parentesco, para personas jurídicas o por representación, y derivados de sanciones administrativas, civiles y penales.

25. De acuerdo con el artículo 30 de la Ley N° 32069, los impedimentos para contratar con el Estado se clasifican en cuatro grandes grupos. ¿Cuál de las siguientes corresponde a una de esas clasificaciones?

  1. Impedimentos en razón de parentesco (Tipos 2.A a 2.E)
  2. Impedimentos por desempeño ambiental deficiente
  3. Impedimentos por incumplimiento de la cuota de género
  4. Impedimentos por residencia fuera del territorio nacional

El artículo 30 clasifica los impedimentos en: de carácter personal (Tipos 1.A a 1.G), en razón de parentesco (Tipos 2.A a 2.E), para personas jurídicas o por representación (Tipos 3.A a 3.G) y derivados de sanciones administrativas, civiles y penales (Tipos 4.A a 4.E). Las demás opciones no figuran en la norma.

26. Según el impedimento Tipo 1.A del artículo 30 de la Ley N° 32069 (Presidente, Vicepresidente, Congresistas/diputados/senadores, Ministros de Estado), ¿durante qué período aplica el impedimento tras culminar el cargo?

  1. Dentro de los 6 meses siguientes a la culminación del cargo, en todo proceso de contratación a nivel nacional
  2. Dentro de los 12 meses siguientes a la culminación del cargo
  3. Dentro de los 3 años siguientes a la culminación del cargo
  4. De forma indefinida tras la culminación del cargo

El impedimento Tipo 1.A aplica durante el ejercicio del cargo y dentro de los 6 meses siguientes a su culminación, en todo proceso de contratación a nivel nacional.

27. Conforme al impedimento Tipo 1.F del artículo 30 de la Ley N° 32069, el servidor público (distinto de los tipos 1.A a 1.E) está impedido durante el vínculo laboral y dentro de los 6 meses siguientes a su culminación cuando, por su función, presente alguna de ciertas circunstancias. ¿Cuál de las siguientes es una de ellas?

  1. Haber tenido influencia, poder de decisión, información privilegiada o presentar conflicto de intereses
  2. Haber percibido remuneraciones superiores a 12 UIT
  3. Haber laborado más de tres años en la entidad
  4. Haber sido designado en un régimen de facto

El impedimento Tipo 1.F aplica durante el vínculo laboral y dentro de los 6 meses siguientes a su culminación cuando, por su función, el servidor haya tenido influencia, poder de decisión, información privilegiada o presente conflicto de intereses.

28. El impedimento Tipo 1.G del artículo 30 de la Ley N° 32069 alcanza a la persona natural o jurídica que, como parte o representante de la entidad contratante, interviene directamente en ciertas actuaciones del procedimiento. ¿Cuál de las siguientes está comprendida?

  1. La determinación del requerimiento, elaboración de documentos del procedimiento, calificación/evaluación de ofertas o conformidad de los contratos
  2. La fiscalización posterior aleatoria de las declaraciones juradas
  3. La aprobación del presupuesto institucional de apertura
  4. La publicación del Plan Anual de Contrataciones

El impedimento Tipo 1.G alcanza a quien, como parte o representante de la entidad contratante, intervenga directamente en la determinación del requerimiento, elaboración de documentos del procedimiento, calificación/evaluación de ofertas o conformidad de los contratos.

29. De acuerdo con el impedimento Tipo 2.A del artículo 30 de la Ley N° 32069, ¿a quiénes alcanza el impedimento por parentesco?

  1. A los parientes de los impedidos de los tipos 1.A, 1.B y 1.C
  2. Únicamente a los parientes del Presidente de la República
  3. A los parientes de cualquier servidor público de la entidad contratante
  4. A los parientes de los proveedores inscritos en el RNP

El impedimento por parentesco (Tipo 2.A) alcanza a los parientes de los impedidos de los tipos 1.A, 1.B y 1.C; en el caso de parientes del Presidente y Vicepresidentes de la República aplica a todo proceso de contratación a nivel nacional.

30. Según el impedimento Tipo 3.A del artículo 30 de la Ley N° 32069 (personas jurídicas), ¿cuándo aplica la causal en relación con la participación de los sujetos impedidos en el capital o patrimonio social?

  1. Cuando los impedidos tengan o hayan tenido participación individual o conjunta superior al 30% del capital o patrimonio social dentro de los 12 meses anteriores a la convocatoria
  2. Cuando los impedidos tengan participación individual o conjunta superior al 50% del capital social a la fecha de la convocatoria
  3. Cuando los impedidos tengan cualquier participación en el capital social en los 6 meses anteriores
  4. Cuando los impedidos hayan tenido participación superior al 30% en los 3 años anteriores a la convocatoria

Para impedimentos de personas jurídicas (Tipo 3.A), la causal aplica cuando los impedidos tengan o hayan tenido participación individual o conjunta superior al 30% del capital o patrimonio social dentro de los 12 meses anteriores a la convocatoria.

31. El impedimento Tipo 4.B del artículo 30 de la Ley N° 32069 comprende a personas con sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada por delito doloso. ¿Qué delitos del Código Penal se incluyen expresamente?

  1. Los tipificados en los artículos 382 al 401 y 241 del Código Penal (concusión, peculado, corrupción de funcionarios, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias)
  2. Únicamente los delitos contra la fe pública de los artículos 427 al 433
  3. Los delitos contra el patrimonio de los artículos 185 al 208
  4. Los delitos contra la administración de justicia de los artículos 402 al 410

El impedimento Tipo 4.B comprende a personas con sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada por delito doloso, incluidos los tipificados en los artículos 382 al 401 y 241 del Código Penal (concusión, peculado, corrupción de funcionarios, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias).

32. Conforme a la Ley N° 32069, ¿qué requisitos debe cumplir quien pretenda ser participante, postor, contratista o subcontratista del Estado?

  1. Tener inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y no estar incurso en causal de impedimento
  2. Contar únicamente con la conformidad de la Secretaría General de la entidad
  3. Estar inscrito en el Registro Nacional de Sanciones por más de un año
  4. Haber suscrito el Código de Ética de la Función Pública

Para ser participante, postor, contratista o subcontratista del Estado se requiere inscripción vigente en el RNP y no estar incurso en causal de impedimento; el RNP está a cargo del OECE y forma parte de la Pladicop.

33. Según el artículo 8 de la Ley N° 27815, ¿cuál es la primera prohibición ética de la función pública?

  1. Mantener Intereses de Conflicto
  2. Realizar Actividades de Proselitismo Político
  3. Hacer Mal Uso de Información Privilegiada
  4. Obtener Ventajas Indebidas

El artículo 8 de la Ley 27815 establece 5 prohibiciones éticas, siendo la primera (8.1) Mantener Intereses de Conflicto. Las demás también son prohibiciones del mismo artículo, pero no la primera.

34. De acuerdo con el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 27815, ¿en qué consiste la prohibición de Mantener Intereses de Conflicto?

  1. Impedir mantener relaciones o aceptar situaciones en cuyo contexto los intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones del cargo
  2. Prohibir participar en transacciones financieras utilizando información privilegiada de la entidad
  3. Prohibir el uso de los bienes del Estado para fines particulares distintos a los destinados
  4. Prohibir presionar, amenazar o acosar a otros servidores públicos

La prohibición de Mantener Intereses de Conflicto (art. 8.1) impide mantener relaciones o aceptar situaciones en cuyo contexto los intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones del cargo. Las demás opciones corresponden a otras prohibiciones o deberes.

35. El Reglamento del Código de Ética (D.S. N° 033-2005-PCM) define la Información Privilegiada. ¿Cuál de las siguientes descripciones corresponde a dicha definición?

  1. Aquella de carácter secreto, reservado o confidencial, o privilegiada por su contenido relevante, susceptible de emplearse en beneficio propio o de terceros
  2. Aquella que la entidad publica obligatoriamente en su portal de transparencia
  3. Aquella que solo puede ser conocida por la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios
  4. Aquella vinculada exclusivamente a las operaciones financieras del Estado

El Reglamento define Información Privilegiada como aquella de carácter secreto, reservado o confidencial, o privilegiada por su contenido relevante, susceptible de emplearse en beneficio propio o de terceros.

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